Rebelión
Nacional

México decide dejar de ser el paraíso de la minería depredadora

Por Pedro Moctezuma Barragán

Aún más, actualmente hay al menos 74 proyectos mineros en operación dentro de nuestras Áreas Naturales Protegidas, y el 50% de las operaciones de mineras metálicas del país se llevan a cabo en acuíferos sin disponibilidad. Para colmo, bajo un régimen de excepción, el uso del agua de laboreo es casi tres veces mayor que el total del volumen del agua concesionada a la minería. Todo esto es posible porque el artículo 6 de la actual Ley Minera le da a esta actividad preferencia sobre cualquier otro uso del territorio; este exceso ha tenido graves consecuencias para las comunidades sin agua, el medio ambiente y las otras actividades productivas nacionales. ¿A cambio de qué?

A cambio de la devastación que genera y los derechos que viola “la contribución de la minería a las finanzas públicas del país y al desarrollo local es minúscula y no corresponde a los daños que causa y los derechos que viola”, ello de acuerdo con la coalición Cambiémosla ya que hizo públicos hoy que en el 2019, los ingresos obtenidos por el gobierno federal derivados de este sector representaron apenas 0.13% de la recaudación total; en el 2020, la minería aportó solo el 0.32%; y en el 2021 participó con 0.97% de lo recaudado.

Ante ello, la resistencia reciente en 169 comunidades ha impedido la realización de proyectos, en dinámicas desgastantes para todos. Desgraciadamente sacrificando la libertad y hasta la vida de los mejores de sus integrantes.

Celebramos que el Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, haya enviado a la Cámara de Diputados una Iniciativa de reformas a las leyes regulando la minería, el medio ambiente, las aguas nacionales y residuos sólidos. Con este paquete se inicia un proceso transformativo que ponga fin a la devastación ambiental y social que ha generado la minería en México.

El mencionado paquete tiene dos ejes centrales. El primero busca recuperar el papel del Estado como garante del bien público por encima del bien particular. La Ley Minera actual considera a casi todo el territorio, incluyendo a áreas naturales protegidas, como concesionable al primero que presentaba una solicitud.

Al declarar La Ley Minera salinista a la actividad minera como preferente sobre cualquier otra actividad o derecho, obliga al gobierno a actuar en contra de los derechos de los propietarios particulares o sociales para garantizar al concesionario acceso a las tierras en donde se ubica su concesión. De ahí, el titular puede realizar actividades de exploración para ver qué encuentra, sin tener que compartir esta información con el gobierno, y puede extraer cualquier mineral de valor que encuentre. La Ley Minera permite asimismo traficar y especular libremente con las concesiones, las cuales terminan formando parte de portafolios cotizados en las bolsas de valores, sin beneficio alguno para la Nación.

Bajo el nuevo esquema propuesto, el Servicio Geológico Mexicano sería quien realice las actividades de exploración, y al encontrar algún mineral de importancia, organizaría una licitación para poder otorgar la concesión a quien ofreciera las mejores condiciones/beneficios.

Quien gana la licitación podrá obtener la concesión una vez que cuente con las autorizaciones ambientales mencionados más adelante así como con un Dictamen de Impacto Social autorizado que especifique las acciones requeridas para compensar a las comunidades; así como con una consulta previa, libre, informada y culturalmente adecuada con las comunidades indígenas potencialmente afectadas en su caso.

Las concesiones mineras tendrían una duración de 15 años, prorrogables siempre que el titular cumpla con la normatividad. Se contemplan controles para prevenir dinámicas de especulación con las concesiones mineras.
El segundo eje establece un marco ambiental regulatorio a la altura del “Estándar Global de Gestión de Relaves (Jales) para la Industria Minera”, firmada por el Consejo Internacional de Minería y Metales y PNUD, con el objetivo de “prevenir fallas catastróficas y mejorar la seguridad de las instalaciones de relaves mineros en todo el mundo”.

El Estándar Global requiere asegurar la participación de las personas afectadas durante todo el ciclo del proyecto; fortalecer requisitos de derechos humanos y de protección ambiental; atender riesgos asociados con depósitos de jales actuales y futuros; y asegurar el acceso público a la información.

En esta línea se establece un nuevo instrumento, el Programa de Restauración, Cierre y Post-Cierre, el cual estructurará la gestión de ciclos del agua, la estabilización de residuos mineros y la restauración ambiental desde el inicio de las actividades hasta después de su conclusión. La obtención y prórroga quinquenal de la concesión de agua “para uso en minería” requerirá demostrar cumplimiento con su Programa de Restauración y con la normatividad ambiental vigente.

Al eliminar el régimen de excepción que se ha extendido a las aguas “de laboreo”, las cuales aparecen al destruir los sustratos acuíferos, por primera vez las empresas mineras tendrán que obtener concesiones, medir y pagar derechos para todo el agua que utilizan.

Es paradójico que, aunque en este momento, las empresas mineras y su sindicato arguyen que este marco regulatorio pondría en riesgo el futuro económico del país, en realidad, estas reformas están en línea con lo que la propia Cámara Minera de México propuso en su Informe de Sostenibilidad 2022. Presumen que empleando “circuitos cerrados para la recuperación y posterior reutilización del agua contenida en los jales” con el fin de “alcanzar la meta de ‘cero descargas’. Ellos explican que “cada vez más empresas mineras están realizando la conversión a jales de apilamiento en seco o filtrados, método de disposición que se considera la mejor tecnología disponible para el almacenamiento de dichos residuos, ya que reduce el consumo de agua y el riesgo de falla del depósito.”

Se comprende que una industria que ha gozado de inimaginables privilegios y de un esquema de autorregulación para actividades altamente riesgosas, se quejaría de un marco regulatorio firme, congruente con los estándares globales. Pero va a ser importante relativizar este periodo de quejas, para que operen solo bajo un esquema sustentable y justo, que prohíba las concesiones mineras en zonas sin disponibilidad de agua, Áreas Naturales Protegidas, en donde se ponga en riesgo a la población y en el océano.

Los pueblos originarios, las comunidades, el movimiento por el agua, las organizaciones civiles, los científicos, las mujeres y jóvenes, en general los defensores del agua, de la tierra y de la vida que luchamos por reformas profundas a la Ley Minera estaremos atentos de la aprobación de éstas.

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